Diccionario Jurídico de Derecho Español :: Indulto
Indulto
Derecho Penal
(Código Penal 130)
Acto en virtud del cuál se perdonan total o parcialmente las penas impuestas por sentencia firme. Continúa vigente la regulación que le da la Ley sobre Reglas para el Ejercicio de la Gracia del Indulto de 1870. De acuerdo con el art. 62 de la Constitución corresponde al Rey el ejercicio de ese derecho de gracia, que no podrá autorizar indultos generales.